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Corte Constitucional estudia libre competencia de licoreras departamentales

Corte Constitucional estudia libre competencia de licoreras departamentales

La Fábrica de Licores del Tolima está pendiente de la audiencia pública que realiza la Corte Constitucional este lunes, donde se estudia la presunta vulneración del derecho a la libre competencia y el monopolio rentístico, lo que conduciría si abren fronteras a modificar la estrategia de mercadeo en todas las factorías. 

La audiencia se realiza luego de estudiar las dos demandas de inconstitucionalidad contra los incisos primero y segundo del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016. "La norma faculta a los departamentos que ejerzan el monopolio de licores por producción directa o por contrato para suspender la expedición de los permisos de introducción de aguardiente nacional o extranjero en sus jurisdicciones", dice la Corte Constitucional.

La argumentación de los demandantes se justifica en la vulneración de la libertad de competencia reconocida en el artículo 333 de la Constitución Política, referentes al mercado de licores destilados en Colombia, el monopolio de esta actividad que recae en los departamentos que tienen fábricas, pero que al abrir el marcado en su territorio permiten que una porción de las rentas que produce esta actividad pertenece por derecho a los departamentos. 

La génesis de esta petición se deriva de la demanda que en su momento interpuso la Industria Licorera de Caldas con su aguardiente Amarillo de Manzanares cuando reclamó derechos de protección ante la Superintendencia de Industria y Comercio por las semejanzas del producto de la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia con el aguardiente Real de color amaarillo, que llevó a la SIC a ordenar el retiro del Aguardiente Antioqueño Real de color amarillo del mercado.

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