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Control político a Contralores Departamentales

Control político a Contralores Departamentales

Por medio de citaciones a los contralores departamentales, las Asambleas pueden ejercer control político. Así lo conceptuó la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco. “Ese control permite el debate democrático y la vigilancia de las autoridades locales”, señaló.

En concepto enviado a la Corte Constitucional, la jefe del Ministerio Público afirmó que con esta acción se persigue una finalidad legítima desde una perspectiva constitucional, a su vez, estimula el debate democrático y la vigilancia de las autoridades locales por intermedio de las corporaciones de representación plural, como lo son las asambleas.

 La Procuradora Cabello Blanco precisó que las citaciones al contralor departamental por parte de la asamblea “constituyen un mecanismo de control político adecuado para cumplir dicha finalidad, toda vez que se trata de un instrumento bidireccional por medio del cual el funcionario emplazado debe rendir cuentas públicas sobre sus funciones ante los representantes de la entidad territorial, los cuales tienen la prerrogativa de interpelarlo y recibir respuesta inmediata a los cuestionamientos”.

Puntualizó que no existe otro método igual o más efectivo para realizar un control político bidireccional que afecte en menor medida la autonomía de las contralorías departamentales, razón por la cual ese control político establecido por el Congreso de la República constituye un ejercicio razonable de la potestad normativa del legislador, para desarrollar las funciones de las asambleas departamentales.

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