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Consejo de Estado tumba convocatoria para elegir funcionarios del Senado
El tolimense Saúl Cruz Bonilla lleva más de dos décadas como subsecretario general del Senado y ha sido cuestionado por ser uno de los funcionarios mejor pagados del país.
El Consejo de Estado, mediante una sentencia de única instancia, declaró la nulidad de la convocatoria pública expedida el 29 de mayo de 2026 para proveer cargos de elección en el Senado de la República. La decisión abre interrogantes sobre la elección del tolimense Saúl Cruz Bonilla, reelegido como subsecretario general de esa corporación el 20 de julio.
La demanda fue presentada por Ana Milena Suárez Acosta, quien cuestionó que la convocatoria hubiera sido expedida unilateralmente por el entonces presidente del Senado, Lidio García Turbay.
La Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, le dio la razón en ese punto y declaró la nulidad del acto al determinar que la competencia correspondía a la Mesa Directiva en pleno, integrada por el presidente y los dos vicepresidentes.
El alto tribunal explicó que, ante la ausencia de una disposición que asignara expresamente esa función a otra autoridad, la competencia correspondía a la Mesa Directiva, de acuerdo con la cláusula residual del artículo 41, numeral 11, de la Ley 5 de 1992, que regula el funcionamiento del Congreso.
Por esa razón, la Mesa Directiva deberá expedir una nueva convocatoria de manera conjunta, con el propósito de garantizar la participación de quienes aspiren a ocupar las secretarías de las comisiones permanentes y de la plenaria.
El eterno subsecretario
Saúl Cruz Bonilla se desempeña como subsecretario general del Senado, cargo que ocupa desde 2002 y para el que fue reelegido el 20 de julio de 2026 con 101 votos.
El funcionario tolimense también ha figurado al ser cuestionado como uno de los mejor remunerados del país. En 2024, sus ingresos mensuales llegaron a $89,2 millones, al sumar salario, primas y bonificaciones.
Aunque el alto tribunal anuló el proceso de convocatoria, el fallo no declaró expresamente la nulidad de las elecciones de los funcionarios del Senado ni precisó los efectos jurídicos sobre la continuidad en los cargos al haber sido elegidos bajo un acto administrativo viciado de nulidad por falta de competencia.
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