Economía
Corte Suprema condena a Cemex por contaminar cultivos de arroz en el Tolima
La Corte Suprema de Justicia condenó a las sociedades Cementos Diamante de Ibagué S.A. y Cementos Diamante del Tolima S.A., ahora Cemex Colombia S.A., a pagar una multa cercana a los $19.000 millones. Esto, por la contaminación provocada a cultivos de arroz entre los años 1960 y 1998.
La Sala de Casación Civil tomó esta decisión al resolver una demanda de varias sociedades arroceras afectadas por la contaminación causada por dos fábricas de cemento en Ibagué. La afectación se debió a la falta de implementación de sistemas adecuados para controlar que las chimeneas no expulsaran residuos sólidos que terminaron llegando a los cultivos de arroz.
"Debido a esta contaminación con carbonato de calcio, las plantaciones perdieron su capacidad productiva por lo que se hizo necesario comprar mayores cantidades de fertilizantes, lo que llevó a disminuir su competitividad y a migrar hacia otros productos distintos al arroz", aseguró la Corte Suprema.
En fallo de segunda instancia un tribunal del Tolima negó las peticiones de las arroceras, por considerar que el daño reclamado no se había comprobado en su contabilidad. Sin embargo, para la Corte la afectación sí fue probada y señaló que no era acertado limitar la demostración del daño a la contabilidad de las demandantes, pues la ley no exige en estos casos una prueba única sobre el perjuicio.
La Sala de Casación Civil encontró que en todos los testimonios técnicos se concluyó que las partículas contaminantes provenían de las factorías cementeras, lo que afectó las tierras para la siembra de arroz, generando mayores costos de producción para las empresas que se dedicaban a esos cultivos, y una menor productividad y rentabilidad.
En la sentencia la Corte destaca que “la protección del medio ambiente es una preocupación creciente en las sociedades contemporáneas, amén de las consecuencias indeseables que, sobre los ecosistemas y sus individuos, provocan la degradación y contaminación de aquél. Y es que, si bien por muchos años se puso el énfasis en el progreso y desarrollo tecnológico, sin importar los costos asociados, lo cierto es que con el tiempo se hicieron patentes las consecuencias indeseables de la industrialización irresponsable y del consumismo, por medio de daños irremediables sobre la biosfera, el subsuelo y la capa de ozono”.
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Así las cosas, la Corte condenó a las dos cementeras a pagar a las demandantes $5.345’305.417 por el mayor valor de producción que tuvieron que asumir, y por la menor utilidad. También una cifra de $13.645’169.004 por no poder aprovechar los terrenos con los cultivos de arroz.
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