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Reforma pensional: ¿Quiénes quedan en el régimen de transición?

Reforma pensional: ¿Quiénes quedan en el régimen de transición?

Imagen de referencia. La entrada en vigencia de la reforma pensional en abril del 2027 cambia las reglas del sistema de pensiones del país.

La reforma pensional, tras el pronunciamiento de la Corte Constitucional, cambia las reglas para acceder a la pensión en Colombia. El nuevo sistema aprobado por la corte hasta un 90%, se basa en cuatro pilares, modificará la manera en la que los colombianos cotizan y ahorran para su pensión.

El solidario, dirigido a personas en condiciones de pobreza y vulnerabilidad; el semicontributivo, para quienes cotizaron pero no alcanzaron a pensionarse; el contributivo, para quienes realizan aportes al sistema; y el de ahorro voluntario, que permite hacer aportes adicionales para mejorar el ingreso en la vejez.

Régimen de transición

Para quienes cumplan los requisitos del régimen de transición, también es importante conocer cómo se organizará su pensión. Este mecanismo, establecido en la Ley 2381 de 2024, permite a determinados afiliados continuar bajo las reglas de la Ley 100 de 1993, en lugar de quedar cobijados completamente por las nuevas condiciones de la reforma pensional.

La condición principal está relacionada con las semanas cotizadas. La reforma establece que deben acreditarse 750 semanas para las mujeres y 900 semanas para los hombres.

Estas semanas deberán estar acreditadas cuando entre en vigencia la reforma. Con la fecha prevista del 1 de abril de 2027, quienes todavía estén cerca de alcanzar el requisito podrán continuar cotizando hasta ese momento.

Es importante aclarar que el régimen de transición no es una opción para escoger entre la antigua y la nueva ley, sino una protección para quienes cumplen el requisito de semanas y quedan cobijados por las reglas anteriores.

Sin embargo, existe una oportunidad especial de traslado entre el régimen público y el privado, que es independiente del régimen de transición. Quienes cumplan las semanas exigidas y estén a menos de 10 años de la edad de pensión (mujeres desde 47 años y hombres desde 52 años) podrán evaluar un eventual traslado, siempre que reciban previamente la doble asesoría.

Por esta razón, cumplir los requisitos del régimen de transición no significa que la persona deba trasladarse de fondo. La decisión de cambiar de régimen es independiente y debe tomarse después de conocer las condiciones de cada alternativa.

Según una estimación preliminar de Asofondos la transición podría cobijar a cerca de 3 millones de personas, aunque la organización adelanta un nuevo cálculo para determinar cuántos afiliados cumplirían finalmente las condiciones.

La recomendación para quienes están cerca del requisito es revisar cuanto antes su historia laboral y verificar que todas sus semanas estén correctamente acreditadas.

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