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Condonación de intereses para morosos, ponte al día con el IBAL
Durante la última Junta Directiva de 2018 del IBAL, se aprobó mediante Acuerdo 003 la condonación de intereses de mora, por atraso superior a tres períodos facturados, esto, según lo estipulado en el artículo 96 de la ley 142 de 1994 y la cláusula trigésima del contrato de condiciones uniformes a favor de los usuarios de la empresa.
Con el objetivo de tener una efectiva gestión de Recaudo frente a la Cartera vencida, la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado- IBAL SA ESP OFICIAL- otorga este beneficio a los deudores con más de tres periodos en mora y que normalice su obligación mediante el pago de contado de la deuda o por acuerdo de pago en un plazo máximo de (18) meses. Según la modalidad, la fecha y al plan a que se acoja el usuario será el valor a condonar.
http://www.ibal.gov.co/node/975
“Desde la empresa se quiere con éste tipo de estrategias, permitir a los deudores tener alternativas de pago que le aseguren el servicio y para la empresa significa la recuperación de cartera e ingreso de recursos que se requieren para continuar cumpliéndole a la ciudad con un buen servicio y el aseguramiento del agua para las presentes y futuras generaciones”, dijo atificó el gerente del IBAL, Carlos Fernando Gutiérrez Gamboa.
Ver Acuerdo 003/2018 completo:
(CO) 313 381 6244
(CO) 311 228 8185
(CO) 313 829 8771