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Sancionada Ley que regula consumo de estupefacientes en lugares públicos
La norma, aprobada por el Congreso y respaldada por el Gobierno Nacional, refuerza lo establecido en el Decreto 1844 de 2018 firmado por el presidente Iván Duque, en el cual se determinó el control del consumo, porte y distribución de estupefacientes en lugares públicos, entornos escolares y parques, donde –habitualmente– hay presencia de niños y adolescentes.
Dentro de los puntos clave de la Ley, se destacan los siguientes:
• Esta Ley refuerza la lucha del Gobierno Nacional contra el microtráfico, en la medida en que los jíbaros o distribuidores de estas sustancias se camuflan con la figura de la dosis personal para comercializar ilegalmente estos productos.
• Establece una modificación al título del Código Nacional de Policía y Convivencia, que se denominará desde ahora Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
• “Esta Ley no debe ser interpretada como una habilitación para portar o tener sustancias psicoactivas ilícitas o prohibidas, en el espacio público”.
Otra decisión que se adoptó en la Ley es la creación de Salas de atención, tratamiento y rehabilitación integral en los Centros de Atención en Drogadicción (CAD).
El parágrafo 3° de la nueva Ley faculta a los alcaldes para establecer los perímetros para la restricción del consumo de este tipo de sustancias en los espacios públicos y esta delimitación debe contar con la señalización que informe sobre la prohibición.
El espíritu del Decreto, y así lo reiteró el Presidente Duque, es garantizar la integridad de los menores de edad y que no se vean expuestos ante quienes consumen este tipo de sustancias.
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