Ambiente
Nuevo fallo de tutela respalda proyecto minero en Ataco
Erminso Vega, miembro y autoridad indígena del CRIC, y Adolfo Tique, integrante de la comunidad indígena Calapica Ambulu, interpusieron una acción de tutela en contra de la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima), con la intención de detener el proyecto minero de Agregados Ingecol en Ataco. Ellos arguyen que Mina Apone, como es conocido el proyecto extractivista autorizado en el río Saldaña, perjudica también a su comunidad.
Vega y Tique señalaron que “según el estudio de impacto ambiental allegado por la empresa Ingecol y validado por Cortolima, el polígono de explotación se ubica en las veredas Ambulu y Balsilla, donde conforme a lo expuesto por el Ministerio del Interior no se encontraban comunidades indígenas y afrodescendientes asentadas, por lo cual no fue necesario adelantar proceso de consulta previa”.
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La versión de los indígenas
Ambos indígenas sostuvieron que esa afirmación consignada en el estudio de impacto ambiental es falsa, “ya que desconoce que la explotación minera se realiza en el terreno ancestral de la Comunidad Indígenas Pijao Calapicá Ambulu, conformada por 53 familias y 150 personas”.
Agregan que, si bien la comunidad todavía no es reconocida ante el Ministerio del Interior como pobladora del área de explotación, el Plan de Ordenamiento Social de Ataco sí lo hace. “Ya se realizó el estudio etnológico que se requiere para su reconocimiento ante el Ministerio”.
Erminso y Adolfo concluyen que Ingecol y Cortolima denominaron su comunidad como vereda y no como pueblo con derechos étnicamente diferenciados, desconociendo de esa forma su existencia, con el “único propósito” de no pedirles permiso a través de una consulta previa, “a pesar de su presencia a escasos metros del área del proyecto que busca extraer oro”.
Por tanto, solicitaron que se suspendiera “de manera inmediata cualquier tipo de afectación sobre el Río Saldaña” hasta que no se adelantara la consulta previa.
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Las respuestas
Por su parte, Cortolima se defendió aludiendo que otorgó y notificó de la licencia ambiental el 20 de diciembre de 2019, y que, al 9 de enero del 2020 cuando se cumplía el plazo máximo para presentar recursos de reposición, nadie lo hizo. “Por lo que adquirió firmeza, y por ende, goza de presunción de legalidad”, añade.
En ese sentido, esta redacción conoció hace algunos meses el inconformismo de las comunidades y actores sociales del sur del Tolima, pues aseguran que la licencia se otorgó de manera subrepticia y apenas se enteraron de ella hacia finales de enero. Polémica que ha comprometido al exdirector de la Corporación Autónoma, Jorge Enrique Cardoso.
Cortolima además afirmó que ha supervisado el proyecto concedido en 347,015 hectáreas, con influencia en las veredas Ambulu y Balsilla, de Ataco y Chaparral, sin encontrar ninguna violación a lo acordado o permitido.
Entretanto, Ingecol esgrimió que el número de cédula que proporcionó Adolfo Tique en realidad no le corresponde, por lo que hubo “suplantación”; mientras que, Erminso Vega aparece registrado en el Huila, “lo que lo aleja de la legitimidad para interponer la acción de tutela”.
La empresa se reafirma en que la comunidad indígena, la cual representan los accionantes, “no cuenta con el recocimiento legal del Ministerio del Interior… calidad esta que le hubiera dado u otorgado la demarcación de un territorio geográfico” en Ataco o Chaparral. Sin embargo, dice Ingecol que al no contar con dicha certificación, no pueden demostrar que en verdad Mina Apone tenga injerencia en sus “territorios ancestrales”. Por el contrario, indica que la comunidad está asentada en el casco urbano de Ataco, donde el proyecto no genera ningún impacto.
Adicional a eso, Ingecol resalta que actualmente genera 70 empleos directos y más de 300 indirectos en Mina Apone. Y, se reiteran en su posición de contar con todos los requisitos que le exigió Cortolima para la licencia ambiental, sin intervenir “el lecho o cauce del río Saldaña”.
Finalmente, la Agencia Nacional de Tierras y la Alcaldía de Ataco se declararon impedidas para autorizar la consulta previa solicitada, e informaron que el único que puede hacerlo es el Ministerio del Interior, ante el cual la comunidad indígena no es reconocida.
El fallo
Tras evaluar el marco jurídico y validar el material probatorio que se le suministró, el juez negó el derecho fundamental a la consulta previa que invocaron los indígenas.
La decisión, dice el juez, la tomó después de comprobar que sí se notificó de la licencia ambiental el 20 de diciembre de 2019, sin que haya existido ningún recurso de reposición en el plazo permitido. Asimismo, sostiene que en la jurisdicción de Mina Apone, según el Ministerio del Interior, “no se registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, de comunidad Negras, Afrocolombianas y Palenqueras dentro el citado proyecto”.
En concreto, los Calapica Ambulu sí aparecen en los documentos de la Alcaldía de Ataco, pero no del Ministerio. “Tampoco se evidencia afectación directa en su territorio, pese a que afirman que tal explotación tiene la potencialidad de afectar directamente a su comunidad, no acreditan, siquiera mínimamente, en qué consiste la misma”.
Al Despacho también le “extrañó” que solo hasta ahora, seis meses después, se interpusiera un recurso de este tipo con el objetivo de “proteger su territorio”.
Cabe recordar que, ya fue declarada improcedente una tutela elevada, entre otros, por políticos y periodistas del Tolima que buscaban detener el proyecto Mina Apone, al poner “en peligro el distrito de riego de Uso-Saldaña que irriga 13.400 hectáreas de cultivos”. Por ahora Ingecol podrá seguir con su intención de extraer oro.
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