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Tribunal Administrativo del Tolima anuló elección de docentes de la U.T. para Consejo Superior

Tribunal Administrativo del Tolima anuló elección de docentes de la U.T. para Consejo Superior

El Tribunal Administrativo del Tolima declaró la nulidad parcial de la elección en sentencia de única instancia, de Fernando Echeverry Bonilla y Alexander Martínez Rivillas, como representantes de los profesores, ante el Consejo Superior de la Universidad del Tolima, debido a que se registraron una serie de irregularidades en el momento del conteo de los votos.

Los hechos jurídicamente se dieron cuando Omar Mejía Patiño rector, convocó a elecciones mediante la resolución 1246 del 24 de septiembre de 2018 a la elección de los representantes de los docentes ante el Consejo Superior Académico CIARP y Consejos de facultad IDEAD, en dónde se tenían tres urnas, ya que cada una cumplía funciones diferentes.

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Pero al finalizar las votaciones y por orden de la Secretaria General, se procedió abrir las urnas y hacer el conteo de los votos y diligenciar el acta de cierre.

A los jurados no se les permitió realizar el arqueo o verificación, función que la realizó la Secretaria General, quien sólo estaba fungiendo como presidente del comité de escrutinios y no como jurado de votación.

Relata el Tribunal Administrativo del Tolima, que luego de ese conteo, se debió realizar un cotejo entre los votos depositados en la urna y la lista de las personas que ejercieron ese derecho a votar, lo cual no sucedió.  Frente a la omisión forzada de los jurados no fue posible hacer una verificación efectiva de la cantidad y la calidad de los votantes, registrándose irregularidades, a la hora de establecer los resultados finales, dónde la Secretaria General, entró a tomar diferentes decisiones para subsanar las falencias registradas.

Según lo establecido, para el Consejo Superior, las votaciones quedaron 101 votos por la lista 2 y 100 por la lista 1, encontrándose tres votos por el CIARP, ante lo cual la Secretaria General de la Universidad del Tolima, no permitió que se cerrara el proceso, señalando que había que esperar si existía un voto en otra urna para este Consejo.

En efecto así sucedió, al realizar el escrutinio de la urna de la CIARP, dónde fueron hallados dos votos para el Consejo Superior, uno en blanco y el otro por la lista1, por lo que estos dos votos fueron trasladados a la urna del Consejo Superior, lo que ocasionó un empate en las votaciones, además se halló un voto por el Consejo Académico.

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Ante este hecho la Secretaria General de la Universidad y presidenta del debate,  Nidia Yurani Prieto, quien presidió la comisión escrutadora, informó ante el empate en las votaciones dijo  que había que esperar la votación de la granja de Armero, situación extraordinaria, pues no se conocía que allí se había instalado una mesa de votación, pues en ella no se había nombrado jurado, ni comité escrutador, ni verificación del puesto de votación, ya que solo había un profesor, quien aparentemente habría actuado como jurado y sufragante, sin tener la autorización para ello.

Al caer la tarde la Secretaria General informó de manera verbal que ese voto de la Granja fue por la lista 1, dando a conocer el nombre del profesor, violando así el acuerdo 031 de 1991, frente al secreto del voto.

Vale señalar que en ninguno de los acuerdos o resoluciones de la rectoría se autorizó el funcionamiento de una mesa en de la Granja de Armero y muchos menos se designaron jurados ni lista de sufragantes.

Cabe señalar que Germán Rubio Guerrero fue quien promovió la demanda como uso del medio de control de nulidad electoral contra los dos académicos.

En consecuencia, el Tribunal Administrativo negó el testimonio de Nidia Yurani Prieto, además se declaró la nulidad parcial de la resolución 1441 en lo que hace referencia a la elección de los docentes Echeverry Bonilla y Martínez Rivillas como representantes de los profesores, además el Tribunal Administrativo del Tolima, ordenó archivar el expediente, una vez se firmen las constancias.

La ponencia del fallo estuvo a cargo del magistrado Carlos Arturo Mendieta Rodríguez.

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