Economía
El 15 de julio entra en vigor la jornada laboral de 42 horas semanales
Imagen de referencia.
A partir del 15 de julio de 2026, la jornada máxima laboral en Colombia será de 42 horas semanales, culminando así el proceso de reducción gradual iniciado hace tres años con la entrada en vigencia de la Ley 2101 de 2021. La medida mantiene intactos el salario, las prestaciones sociales y los demás derechos adquiridos por los trabajadores.
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La norma modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y establece que las 42 horas podrán distribuirse entre cinco o seis días de la semana, siempre mediante acuerdo entre empleador y trabajador y respetando el día obligatorio de descanso. La reducción aplica a los trabajadores del sector privado regidos por el Código Sustantivo del Trabajo, mientras que los servidores públicos continúan bajo sus propios regímenes, salvo algunas excepciones previstas en la ley.
El Ministerio del Trabajo ha reiterado que la disminución de la jornada no autoriza a las empresas a reducir salarios ni beneficios laborales. La intención de la medida es acercar al país a estándares internacionales en materia de tiempo de trabajo, favoreciendo el equilibrio entre la vida laboral y personal sin afectar los ingresos de los empleados.
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La reducción de horas también incrementa el valor de la hora ordinaria de trabajo, ya que el trabajador continuará recibiendo la misma remuneración mensual por un menor número de horas laboradas. Este cambio obligará a muchas empresas a reorganizar turnos, procesos internos y esquemas de productividad para garantizar la continuidad de sus operaciones.
La jornada de 42 horas coincide con la entrada en vigencia de varios aspectos de la reforma laboral, convertida en la Ley 2466 de 2025, que busca fortalecer las garantías para los trabajadores y actualizar la legislación laboral colombiana.
Entre los cambios más importantes se encuentra la nueva definición de la jornada nocturna, que ahora inicia a las 7:00 de la noche y finaliza a las 6:00 de la mañana, ampliando el número de trabajadores que tendrán derecho al recargo nocturno.
También continúa el incremento gradual del recargo por trabajo en domingos y festivos. Desde julio de 2026 este recargo será del 90 %, y alcanzará el 100 % a partir de julio de 2027.
La reforma mantiene vigentes los contratos a término fijo y por obra o labor, aunque introduce nuevas condiciones. Los contratos a término fijo no podrán superar los cuatro años, mientras que los contratos por obra deberán celebrarse por escrito y pasarán a ser indefinidos si el trabajador continúa prestando sus servicios una vez finalizada la labor contratada.
Otro de los cambios beneficia a los aprendices del SENA, quienes tendrán acceso a mayores garantías laborales, incluyendo aportes a salud, pensión y riesgos laborales, además del reconocimiento de primas y vacaciones según su modalidad de formación. Asimismo, se crean incentivos para la contratación de jóvenes recién graduados y personas mayores que buscan reincorporarse al mercado laboral mediante el programa de primer y último empleo.
La nueva legislación también contempla la formalización gradual de las madres comunitarias y sustitutas, el fortalecimiento de los derechos laborales de las trabajadoras del servicio doméstico, mejores condiciones para quienes manipulan alimentos en el Programa de Alimentación Escolar (PAE) y un esquema de aportes compartidos a seguridad social para los trabajadores de plataformas digitales de reparto.
Con la entrada en vigor de estas disposiciones, el mercado laboral colombiano inicia una nueva etapa marcada por menores jornadas de trabajo, mayores recargos y un conjunto de medidas orientadas a fortalecer la protección de los trabajadores y modernizar las relaciones laborales en el país.
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