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Corte Constitucional prohíbe sacrificar animales por su edad avanzada

Corte Constitucional prohíbe sacrificar animales por su edad avanzada

La Corte Constitucional reforzó la protección de los animales mayores al eliminar la vejez extrema como causal autónoma de sacrificio.

La edad avanzada ya no podrá utilizarse por sí sola para justificar la muerte de un animal en Colombia. Así lo determinó la Corte Constitucional al declarar inconstitucional el literal c) del artículo 17 de la Ley 84 de 1989, que contemplaba la llamada ‘vejez extrema’ como causal de sacrificio.

La decisión, adoptada por unanimidad por la Sala Plena y con ponencia del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño, quedó consignada en la Sentencia C-336 de 2026. El tribunal concluyó que el concepto de vejez extrema carecía de parámetros suficientemente claros para determinar cuándo podía aplicarse, lo que abría la posibilidad de decisiones subjetivas.

Para la Corte, envejecer no significa perder el derecho a la protección. Por el contrario, los animales mayores pueden necesitar más cuidados debido a su vulnerabilidad y dependencia, por lo que deben recibir atención veterinaria y condiciones de bienestar acordes con sus necesidades.

El fallo no elimina todas las demás causales de sacrificio previstas en la ley ni prohíbe automáticamente la eutanasia veterinaria. 

Las decisiones relacionadas con enfermedades graves o sufrimiento deben evaluarse individualmente, con criterios clínicos y conforme a las normas aplicables. Lo que queda descartado es que la edad, por sí sola, sea motivo suficiente para terminar con la vida de un animal

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