Destacadas
Cuando la prensa juzga y prejuzga
No es una novedad afirmar que la gran prensa colombiana atraviesa momentos complejos, especialmente debido a una profunda pérdida de credibilidad que se ha acentuado en los últimos años.
Cuando la prensa juzga y prejuzga, se desvía drásticamente de su propósito fundamental. La función principal de los medios de comunicación es informar de manera objetiva y veraz, presentando los hechos para que la audiencia forme sus propias conclusiones. Al emitir juicios o prejuzgar, la prensa no solo vulnera la presunción de inocencia, sino que también puede manipular la opinión pública, dañar reputaciones de forma irreparable y socavar la confianza en el sistema judicial.
-
Conozca a la Jueza Sandra Heredía: La historia de Sandra Heredia, la juez tolimense que dirigió el Juicio del Siglo.
Esta problemática se ha hecho evidente en el caso del juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, imputado por los delitos de soborno y manipulación de testigos en relación con el senador Iván Cepeda. Un claro ejemplo de esta situación es la reciente publicación de la revista Semana, que de manera sesgada, a través de la forma en que presenta la información sobre la jueza a cargo del caso, deja en evidencia la presión que ejerce sobre la justicia para inclinar el fallo a favor del acusado.
Este comportamiento no solo representa una falta ética, sino que también debilita la democracia. Una prensa que juzga antes de tiempo se convierte en juez y parte, usurpando un rol que no le corresponde y que está reservado exclusivamente a las instituciones judiciales. La verdadera labor del periodismo es investigar, contextualizar y ofrecer diferentes perspectivas, sin transformarse en un tribunal paralelo.
-
También Puede leer: Jueza tolimense le ganó pulso al expresidente Uribe
Distinto es el papel de los "opinadores" o columnistas, quienes tienen la libertad de expresar sus convicciones. Sin embargo, en el caso del expresidente Uribe, algunos de ellos han extralimitado sus funciones, pues sus opiniones han tenido el singular tinte de presionar directamente a la jueza Heredia.
El titular de la revista Semana, "La historia de la jueza que fallará sobre Álvaro Uribe. Su familia en el Tolima es conservadora, pero quienes la conocen aseguran que ella es de izquierda", además de exhibir un sesgo periodístico nítido, es el ejemplo perfecto para analizar en las facultades de periodismo lo que no se debe hacer. Este titular induce al lector a pensar que la sentencia será una decisión política.
Es un titular con un sabor macartista, que ignora las mínimas consideraciones de independencia de la justicia colombiana al calificar a la jueza tolimense Sandra Liliana Heredia como una militante política, en lugar de reconocerla como una persona imparcial cuyas sentencias deben ceñirse estrictamente al ámbito jurídico y no al político.
Esta información manipulada y dirigida a sembrar sospechas sobre el sentido del fallo que la jueza debe proferir este lunes 28 de julio en el caso Uribe, constituye una indebida presión sobre la justicia.
Además de esta falta de mínimos éticos en el ejercicio del periodismo, debemos recordar que la justicia no tiene colores políticos. Quienes la administran son libres de profesar el credo que les parezca, siempre y cuando pongan por encima las normativas que la ley les indica. Ya no estamos en la época del Frente Nacional, donde el Estado se repartía entre liberales y conservadores; hoy Colombia es diversa y de distintos colores, y nos pertenece a todos.
La ley debe aplicarse para todos y está por encima de cualquier circunstancia, incluso de las indebidas presiones.
La independencia de la justicia colombiana está consagrada en la Constitución Política de 1991. El artículo 228 establece: "La Administración de Justicia es función pública. Sus decisiones son independientes. Las actuaciones serán públicas y permanentes con las excepciones que establezca la ley y en ellas prevalecerá el derecho sustancial. Los términos procesales se observarán con diligencia y su incumplimiento será sancionado. Su funcionamiento será desconcentrado y autónomo."
Más adelante, el artículo 230 de la misma norma precisa que: "Los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley. La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial."
Además, la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996) establece que la administración de justicia es una función pública independiente, cuyas decisiones son definitivas. Esta misma norma estatutaria plasma los mecanismos para garantizar la independencia de los jueces y magistrados en el ejercicio de sus funciones. Más claro no canta un gallo.
La jueza Sandra Heredia, sin importar sus simpatías políticas si las tiene, ha sido, según nuestra información, una persona intachable en la aplicación de justicia y en el cumplimiento de sus deberes. Las presiones indebidas y amenazas no deben ser un obstáculo para una persona que actúa amparada en la ley y que cumple su misión de acuerdo con esta.
¡Adelante, jueza Heredia! Tiene el respaldo de su conciencia y de un pueblo que no tiene miramientos políticos cuando de aplicar la ley se trata. Cumpla con su deber.
(CO) 313 381 6244
(CO) 311 228 8185
(CO) 313 829 8771